Desde hoy y hasta el 14 de mayo se pueden solicitar las ayudas en la sede electrónica del Ayuntamiento y en la OMAC Digital de la calle Francisco Pérez Campillo número 2
Se establecen 240.000 euros para el abono de gastos de alquiler de la nueva vivienda y la adquisición de mobiliario, electrodomésticos y ropa
Hoy ha comenzado el plazo de los 10 días hábiles y hasta el próximo 14 de mayo, para solicitar la concesión de ayudas económicas por parte de las familias afectadas por el desalojo de las viviendas del bloque 8 del barrio de San Antón, situado en los números 1, 3, 5 y 7 de la calle Palombar.
Las ayudas se pueden solicitar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Elche, sede.elche.es en el apartado “Solicitud de ayudas emergencia personas desalojadas San Antón” y en la OMAC Digital de la calle Francisco Pérez Campillo, 22, ubicada en San Antón, donde habrá un profesional de Acción Social para informar y facilitar este trámite.
Celia Lastra edil de Acción Social dejó claro quiénes podrán beneficiarse de las ayudas, las unidades de convivencia que hayan sido desalojadas de estas viviendas, con independencia del título por el que ocupasen dichas viviendas en propiedad, arrendamiento u ocupación en precario y en caso de ocupación del inmueble en precario, sólo podrá ser beneficiaria la unidad de convivencia que se encontrara en el inmueble en el momento del desalojo.
No obstante, según indicó Lastra, “en estos supuestos, se podrá solicitar la ayuda en el plazo de la convocatoria y será abonada en el momento en que la unidad de convivencia acredite que ha abandonado esa solución habitacional”.
Las ayudas serán para la adquisición de mobiliario, electrodomésticos y ropa, recibirán un mínimo de 600 y un máximo de 3.000 euros por unidad de convivencia. En este sentido, se van a valorar una serie de requisitos como acreditar insuficiencia de recursos económicos para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia, el empadronamiento de convivencia en el municipio de Elche y en la vivienda desalojada con una antigüedad mínima de 6 meses con respecto a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.
También familias monoparentales y numerosas y que alguno de los miembros tenga reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% o cuente con resolución de grado de dependencia.